Derecho a la reunificación familiar: dejan sin efecto la disposición que ordenó la expulsión de un extranjero


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    Corresponde revocar la sentencia que confirmó la disposición que declaró irregular la permanencia en el país de un ciudadano extranjero, ordenando su expulsión del territorio nacional y prohibiendo el reingreso de manera permanente, dado que si bien la autoridad migratoria tomó en consideración que el actor es padre de un hijo menor de edad de nacionalidad argentina, no efectuó un análisis pormenorizado de la situación, por lo que el acto administrativo resulta nulo por carecer de la fundamentación suficiente (arts. 7 y 14 de la ley 19.549). Cabe destacar que el artículo 7, inciso e), de la Ley 19.549 establece que la motivación constituye un requisito esencial del acto administrativo, y a fin de dar cumplimiento a dicho recaudo, se deben exponer los hechos y antecedentes que el acto tiene como causa, el derecho aplicable, y expresar de manera concreta las razones que llevan a emitir dicho acto.
    SENTENCIA
    11 de Febrero de 2021
    CAMARA NAC. APELAC. EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
    Magistrados: Pablo Gallegos Fedriani - Jorge F. Alemany - Guillermo F. Treacy
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    Carátula: Sosa, Pablo c/ E.N. – D. N. M. s/ recurso directo DNM

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