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- SENTENCIA
- 4 de Febrero de 2021
- CAMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL. MERCEDES, BUENOS AIRES
- Sala 01
- Magistrados: EMILIO ARMANDO IBARLUCIA - TOMAS MARTIN ETCHEGARAY
En el marco de una acción por los daños sufridos a raiz del accidente de tránsito en el que la actora, mientras circulaba en bicicleta, fue embestida por el ciclomotor conducido por el demandado, corresponde revocar la sentencia que hace lugar a la demanda, toda vez que la actora no tenía prioridad de paso y se introdujo en forma imprudente en la avenida girando hacia su derecha porque debía hacerlo para traspasarla, es decir que se configura una excepción a la prioridad de paso del que arriba por la derecha, que se pierde cuando se gira para ingresar a la vía que corta la calle por la que se llega, de manera que su conducta interrumpió el nexo causal entre la cosa riesgosa conducida por el accionado y el daño sufrido, máxime cuando en la avenida donde tuvo lugar el accidente había un cartel que decía ceda el paso.
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Carátula: Oliva Maria Esther c/ Lecea Roberto Jose y otro/a s/Daños y Perj. Autom. c/Les. o muerte
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