- Volver al boletín
- DECRETO 309/2021
- SANTA ROSA, 26 de Febrero de 2021
- Boletín Oficial, 26 de Febrero de 2021
- Vigente, de alcance general
Art. 1°.- ESTABLÉCESE, en el marco de los artículos 5° y 8° inciso 1° del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 67/21 que, para el desarrollo de la enseñanza de actividades culturales habilitadas, la ocupación del lugar no podrá superar el cincuenta por ciento (50%) de su capacidad total habilitada y un máximo de 20 personas por turno. En ningún caso podrá superarse esa cantidad máxima de asistentes. La capacidad máxima se debe calcular en función de los metros cuadrados accesibles para los asistentes, considerando las áreas de circulación libre.
Art. 2°.- ESTABLÉCESE que en las actividades que se desarrollan en escuelas de enseñanza de baile habilitadas, se permite trabajar bajo el método de burbuja. En tal caso, la pareja de baile está conformada por las mismas personas durante toda la clase. Cada pareja debe quedar registrada en una planilla de trazabilidad específica.
Art. 3º.-El presente Decreto entrará en VIGENCIA a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por todos los Señores Ministros.
Más Decretos Provinciales...
Fuente de Información