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- LEY 3.733
- RIO GALLEGOS, 10 de Diciembre de 2020
- Boletín Oficial, 29 de Enero de 2021
- Vigente, de alcance general
El Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz Sanciona con Fuerza de : L E Y
Artículo 1.- ADHIÉRESE la provincia de Santa Cruz en todos sus términos a la Ley Nacional 27590, que crea el "Programa Nacional de Prevención y Concientización contra el Ciber Acoso o Grooming".
Artículo 2.- Será Autoridad de Aplicación la Secretaría de Estado de Niñez, Adolescencia y Familia, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia, debiendo ser quien coordine y lleve adelante los mecanismos y acciones que sean necesarios a fin de dar cumplimiento a los contenidos de la Ley Nacional anteriormente mencionada.
Artículo 3.- AUTORÍZASE a la Secretaría de Estado de Niñez, Adolescencia y Familia, a articular tareas con otras instituciones, realizar convenios, campañas de difusión, gestionar y/o reubicar recursos asignados del Presupuesto Provincial, así como toda otra acción tendiente al cumplimiento de los objetivos de la ley de fondo.
Artículo 4.- COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo Provincial, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
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Fuente de Información

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➥ Aunque el agente que murió tras forcejear con un preso sufría de cardiopatía congénita la ART debe indemnizar
➥ Revocan el sobreseimiento por prescripción de quien habría cometido abuso sexual mientras desempeñaba un cargo público
➥ Condenaron al hombre que usando Telegram exigía dinero al damnificado para no hacer públicos sus encuentros sexuales