- Volver al boletín
- LEY 2.201-P
- SAN JUAN, 30 de Enero de 2021
- Boletín Oficial, 2 de Febrero de 2021
- Vigente, de alcance general
EL PODER EJECUTIVO DELA PROVINCIA DE SAN JUAN SANCIONA CON FUERZA DE LEY:
ARTICULO 1º.- Adhesión. Adhiérase la provincia de San Juan, al DECNU Nº 66/2021 y al DECNU Nº 67/2021.
ARTICULO 2º.- Carácter de la ley. La presente Ley es de Necesidad y Urgencia, de conformidad a lo establecido en los artículos 157 y 189, inciso 17 de la Constitución Provincial.
ARTICULO 3º.- Remisión. Remítase la presente norma legal a la Cámara de Diputados de la Provincia, a los fines del tratamiento previsto en el Artículo 157 de la Constitución de la Provincia.
ARTICULO 4º.- Publicación. Publíquese en el Boletín Oficial.
Más Leyes Provinciales...
Fuente de Información

➥ Declararon prescripta la causa contra la provincia por la muerte del padre de la actora mientras estaba en la cárcel
➥ Aunque el agente que murió tras forcejear con un preso sufría de cardiopatía congénita la ART debe indemnizar
➥ Revocan el sobreseimiento por prescripción de quien habría cometido abuso sexual mientras desempeñaba un cargo público
➥ Condenaron al hombre que usando Telegram exigía dinero al damnificado para no hacer públicos sus encuentros sexuales