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- LEY 2.300-P
- SAN JUAN, 25 de Enero de 2021
- Boletín Oficial, 25 de Enero de 2021
- Vigente, de alcance general
EL PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN SANCIONA CON FUERZA DE LEY:
ARTICULO 1°.- Otórgase un subsidio por la suma de PESOS CIENTO CUARENTA Y OCHO MILLONES ($ 148.000.000,00), a los municipios de la Provincia, a distribuir según Planilla Anexa que forma parte de la presente Ley.
ARTICULO 2°.- Facúltase al Poder Ejecutivo para que, a través del Ministerio de Hacienda y Finanzas, realice las modificaciones presupuestarias que fueran necesarias, a fin del cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1°, en el Ejercicio Fiscal 2021.
ARTICULO 3°.- La presente Ley es de Necesidad y Urgencia.
ARTICULO 4°.- Comuníquese y elévese esta Ley a la Cámara de Diputados de la Provincia de San Juan, a los fines del Artículo 157° de la Constitución de la Provincia y publíquese en el Boletín Oficial.
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