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- SENTENCIA
- 28 de Diciembre de 2020
- CAMARA FEDERAL DE APELACIONES DE CORDOBA. CORDOBA, CÓRDOBA
- Sala A
- Magistrados: EDUARDO ÁVALOS - IGNACIO MARÍA VÉLEZ FUNES - GRACIELA MONTESI
Corresponde confirmar el rechazo del planteo de nulidad articulado por quien fuera imputado por alterar dolosamente los registros de facturación de una contribuyente, bajo el argumento de que el pedido de informes sobre la titularidad de las direcciones IP del sospechoso debían contar con autorización judicial, toda vez que la diligencia probatoria propuesta no requiere autorización judicial, en cuanto el pedido de informes a la empresa prestataria de internet sobre la titularidad de las IP de donde provenían las operaciones y facturación detectada no vulnera la privacidad del titular, tratándose de datos de identificación externos que no permiten conocer el contenido de la información del usuario de internet, encontrándose dentro las facultades con que cuenta el Fiscal de conformidad al art. 212 del CPPN
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Carátula: Incidente de nulidad en causa I., M. E. por alteración dolosa de registros
Fuente de Información

➥ Declararon prescripta la causa contra la provincia por la muerte del padre de la actora mientras estaba en la cárcel
➥ Aunque el agente que murió tras forcejear con un preso sufría de cardiopatía congénita la ART debe indemnizar
➥ Revocan el sobreseimiento por prescripción de quien habría cometido abuso sexual mientras desempeñaba un cargo público
➥ Condenaron al hombre que usando Telegram exigía dinero al damnificado para no hacer públicos sus encuentros sexuales