El pedido de informes sobre la titularidad de direcciones IP no requiere autorización judicial


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    Corresponde confirmar el rechazo del planteo de nulidad articulado por quien fuera imputado por alterar dolosamente los registros de facturación de una contribuyente, bajo el argumento de que el pedido de informes sobre la titularidad de las direcciones IP del sospechoso debían contar con autorización judicial, toda vez que la diligencia probatoria propuesta no requiere autorización judicial, en cuanto el pedido de informes a la empresa prestataria de internet sobre la titularidad de las IP de donde provenían las operaciones y facturación detectada no vulnera la privacidad del titular, tratándose de datos de identificación externos que no permiten conocer el contenido de la información del usuario de internet, encontrándose dentro las facultades con que cuenta el Fiscal de conformidad al art. 212 del CPPN
    SENTENCIA
    28 de Diciembre de 2020
    CAMARA FEDERAL DE APELACIONES DE CORDOBA. CORDOBA, CÓRDOBA
    Sala A
    Magistrados: EDUARDO ÁVALOS - IGNACIO MARÍA VÉLEZ FUNES - GRACIELA MONTESI
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    Carátula: Incidente de nulidad en causa I., M. E. por alteración dolosa de registros

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