La Suprema Corte de Justicia de Mendoza consideró constitucional la prisión perpetua


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    La prisión perpetua es constitucional toda vez que, en primer lugar, no se encuentra prohibida por ningún precepto de la Constitución Nacional ni vulnera tratados internacionales que la República Argentina suscribió, y en segundo orden, porque es el Congreso Nacional quien tiene la facultad constitucional de establecer penas a través de la sanción de las normas que rigen al país.
    SENTENCIA
    30 de Diciembre de 2020
    SUPREMA CORTE DE JUSTICIA. MENDOZA, MENDOZA
    Sala 02
    Magistrados: DALMIRO F. GARAY CUELI - OMAR A. PALERMO - JULIO R. GOMEZ - JOSÉ V. VALERIO - PEDRO J. LLORENTE - MARIO D. ADARO - M. TERESA DAY
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    Carátula: Incidente en auto F C/ Ibañez Benavidez Yamila m. y Ortiz Rosales Maximiliano e. p/ homicidios calificados (159312) p/ plenario

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