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- SENTENCIA
- 7 de Enero de 2021
- JUZGADO NACIONAL DE 1RA INST. EN LO CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
- Sala DE FERIA
- Magistrados: Javier Pico Terrero
Corresponde admitir la medida cautelar y ordenar al sanatorio el suministro del tratamiento prescripto por el médico personal, a los efectos de intentar evitar el fallecimiento de un paciente con diagnóstico de Covid 19 que se encuentra internado en estado grave, dado que la situación de salud del paciente y la normativa protectoria vigente suponen la necesidad de arbitrar las herramientas que aseguren una prestación médica eficaz y que hagan a la conservación y mejoramiento de su estado general de salud. Asimismo, la cobertura de los tratamientos indicados no ocasionaría un grave perjuicio para la demandada, pero evitaría, en cambio, el agravamiento de las condiciones de vida del paciente, circunstancia que torna procedente la petición cautelar.
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Carátula: Lorenzo, José María c/ Sanatorio Otamendi y Miroli S.A. s/ amparo de salud
Fuente de Información

➥ Declararon prescripta la causa contra la provincia por la muerte del padre de la actora mientras estaba en la cárcel
➥ Aunque el agente que murió tras forcejear con un preso sufría de cardiopatía congénita la ART debe indemnizar
➥ Revocan el sobreseimiento por prescripción de quien habría cometido abuso sexual mientras desempeñaba un cargo público
➥ Condenaron al hombre que usando Telegram exigía dinero al damnificado para no hacer públicos sus encuentros sexuales