- Volver al boletín
- LEY 15.220
- LA PLATA, 19 de Noviembre de 2020
- Boletín Oficial, 15 de Diciembre de 2020
- Vigente, de alcance general
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires sancionan con fuerza de Ley
Art 1º: Institúyese en todo el territorio de la Provincia el día 8 de mayo de cada año como el "Día Provincial de la Talasemia".
ARTÍCULO 2º: La Autoridad de Aplicación será determinada por el Poder Ejecutivo.
ARTÍCULO 3º: La Autoridad de Aplicación tendrá a su cargo:
a) Realizar gestiones destinadas a visibilizar el flagelo de la talasemia en todo el territorio de la Provincia;
b) Establecer procedimientos y medios adecuados para la detección temprana de la enfermedad;
c) Disponer la realización de campañas frecuentes de donación de sangre.
ARTÍCULO 4º: Invítase a los municipios a adherir a la presente Ley.
ARTÍCULO 5º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Más Leyes Provinciales...
Fuente de Información