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- SENTENCIA
- 11 de Diciembre de 2020
- CAMARA NAC. APELAC. EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
- Sala 05
- Magistrados: Pablo Gallegos Frediani - Guillermo Fabio Treacy - Jorge Alemany
Cabe admitir la acción de amparo interpuesta por un abogado, en los términos del art. 14 de la Ley 27.275, de Acceso a la Información Púbica, con el objeto de obtener datos de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, y ordenar al Consejo de la Magistratura de la Nación que brinde la información solicitada en el plazo de treinta días hábiles, habida cuenta que no resulta discutible que el contenido de lo peticionado por la actora se encuentra dentro del concepto de información pública (art. 3 de la Ley 27.275), ni es posible afirmar que ello pueda vulnerar derechos amparados por la Ley 25.326, como causal de excepción a la obligación de brindar la información de conformidad con lo dispuesto al respecto en el art. 8, inc. i), de la Ley 27.275. Cabe destacar que el actor solicita el listado de información estadística, sin referencia a los datos personales ni a la carátula particular de cada expediente; es decir, sólo comprende datos numéricos que indican la cantidad de expedientes en trámite y el estado en el que se encuentran, que deben resultar de las constancias del sistema informático y, además, el Consejo de la Magistratura es quien ha constituido la Agencia de Acceso a la Información Pública, en los términos de sus Resoluciones 415/18 y 510/18.
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Carátula: Maggi, Guillermo Luis c/ E.N. - P.J.N. – Consejo de la Magistratura de la Nación s/ amparo ley 16.986
Fuente de Información

➥ Declararon prescripta la causa contra la provincia por la muerte del padre de la actora mientras estaba en la cárcel
➥ Aunque el agente que murió tras forcejear con un preso sufría de cardiopatía congénita la ART debe indemnizar
➥ Revocan el sobreseimiento por prescripción de quien habría cometido abuso sexual mientras desempeñaba un cargo público
➥ Condenaron al hombre que usando Telegram exigía dinero al damnificado para no hacer públicos sus encuentros sexuales