Decreto 996/20


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    DECRETO NACIONAL 996/2020
    BUENOS AIRES, 14 de Diciembre de 2020
    Boletín Oficial, 15 de Diciembre de 2020
    Vigente, de alcance general
    lámparas incandescentes, importaciones, comercialización, lámparas halógenas, Recursos naturales, Derecho tributario y aduanero, Actividades económicasSe establecen Excepciones a la prohibición de importación y comercialización de lámparas incandescentes de uso residencial general en todo el territorio de la República Argentina dispuesta por Ley 26.743

    ARTÍCULO 1º.- Exceptúanse de la prohibición dispuesta por el artículo 1º de la Ley Nº 26.473 las lámparas halógenas de acuerdo a los usos indicados en el ANEXO (IF-2020-49949514-APN-SSPMI#MDP) que forma parte integrante de este decreto por el término de TRES (3) años desde el dictado de la presente medida.

    ARTÍCULO 2º.- Desígnase como Autoridad de Aplicación del presente decreto a la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, con facultades para dictar las normas complementarias y aclaratorias pertinentes.

    ARTÍCULO 3°.- Facúltase a la Autoridad de Aplicación a prorrogar la excepción dispuesta a cuyo efecto evaluará los progresos tecnológicos alcanzados para cada uno de los equipos identificados en el ANEXO del presente decreto y, de acuerdo a la viabilidad de reemplazo por lámparas de tecnologías más eficientes, limitará sus alcances si correspondiera, previa intervención de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA.

    ARTÍCULO 4º.- La presente medida comenzará a regir el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.

    ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese

    ANEXO

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