- Volver al boletín
- DECRETO NACIONAL 996/2020
- BUENOS AIRES, 14 de Diciembre de 2020
- Boletín Oficial, 15 de Diciembre de 2020
- Vigente, de alcance general
ARTÍCULO 1º.- Exceptúanse de la prohibición dispuesta por el artículo 1º de la Ley Nº 26.473 las lámparas halógenas de acuerdo a los usos indicados en el ANEXO (IF-2020-49949514-APN-SSPMI#MDP) que forma parte integrante de este decreto por el término de TRES (3) años desde el dictado de la presente medida.
ARTÍCULO 2º.- Desígnase como Autoridad de Aplicación del presente decreto a la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, con facultades para dictar las normas complementarias y aclaratorias pertinentes.
ARTÍCULO 3°.- Facúltase a la Autoridad de Aplicación a prorrogar la excepción dispuesta a cuyo efecto evaluará los progresos tecnológicos alcanzados para cada uno de los equipos identificados en el ANEXO del presente decreto y, de acuerdo a la viabilidad de reemplazo por lámparas de tecnologías más eficientes, limitará sus alcances si correspondiera, previa intervención de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
ARTÍCULO 4º.- La presente medida comenzará a regir el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese
ANEXO
Más Decretos Nacionales...
Fuente de Información