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- LEY 6.351
- CIUDAD DE BUENOS AIRES, 19 de Noviembre de 2020
- Boletín Oficial, 10 de Diciembre de 2020
- Vigente, de alcance general
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º.- Modifícase el Artículo 1° de la Ley 2421 (texto consolidado Ley 6017), el cual quedará redactado de la siguiente manera:
"Artículo 1°.- Las resoluciones denegatorias de la imposición de un nombre dispuestas por el Director General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires son impugnables mediante recurso directo ante la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dentro de los diez (10) días hábiles de notificadas".
Art. 2°.- Comuníquese, etc.
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