Ley 6351 de CIUDAD DE BUENOS AIRES


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    LEY 6.351
    CIUDAD DE BUENOS AIRES, 19 de Noviembre de 2020
    Boletín Oficial, 10 de Diciembre de 2020
    Vigente, de alcance general
    nombre, impugnación de nombre, recursos, registro del estado civil y capacidad de las personas, Derecho civil, Derecho procesal

    La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de Ley

    Artículo 1º.- Modifícase el Artículo 1° de la Ley 2421 (texto consolidado Ley 6017), el cual quedará redactado de la siguiente manera:

    "Artículo 1°.- Las resoluciones denegatorias de la imposición de un nombre dispuestas por el Director General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires son impugnables mediante recurso directo ante la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dentro de los diez (10) días hábiles de notificadas".

    Art. 2°.- Comuníquese, etc.

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