Rechazan la demanda contra un copropietario que reformó el balcón de su departamento sin autorización del consorcio


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    Corresponde rechazar la demanda contra el titular de una unidad funcional de un edificio que ejecutó una obra en el balcón de su departamento, ubicado en el contrafrente, sin la autorización del consorcio de copropietarios, dado que si bien el demandado no debió eludir la autorización de los demás copropietarios reunidos en asamblea, no debe ignorarse que el perito desaconsejó expresamente la restitución del balcón a su estado anterior por considerar que resultaría muy peligroso. Asimismo, cabe destacar la obra se encontraba finalizada al momento de iniciar la acción, que no genera ningún daño en la estructura del edificio, no representa ningún peligro para los copropietarios ni terceros, no altera la fachada del edificio y que la modificación realizada no obstará a la debida inscripción de los planos ante la municipalidad, una vez adecuados a la realidad actual del edificio.
    SENTENCIA
    11 de Septiembre de 2020
    CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
    Sala M
    Magistrados: Gabriela A. Iturbide - María Isabel Benavente
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    Carátula: Consorcio de Propietarios Avenida Congreso 1628 c/ Wanschelbaum, Marcelo y otro s/ daños y perjuicios

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