Ley 27575


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    LEY 27.575
    BUENOS AIRES, 5 de Noviembre de 2020
    Boletín Oficial, 26 de Noviembre de 2020
    Vigente, de alcance general
    conmemoraciones, donación de órganos, Cultura y educación, Salud pública

    El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

    Artículo 1°- Declárase al 29 de agosto de cada año como el Día de la Persona Donante de Órganos.

    Art. 2º- Invítase a la provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a incorporar en sus respectivos calendarios escolares el día 29 de agosto como jornada de reflexión sobre ser donante de órganos.

    Art 3°- Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

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