Ordenan cautelarmente que Uber suspenda su actividad en Salta


    Volver al boletín
    Resulta procedente la medida cautelar solicitada por la Autoridad Metropolitana del Transporte (AMT) y ordenar que Uber Argentina y/o Uber Technologies Inc y/o Uber BV y/u otra empresa vinculada que preste servicios para las mencionadas, suspenda la aplicación móvil y/o su plataforma tecnológica para transporte de pasajeros, toda vez que la actividad que realiza se enmarca en el transporte de personas, que se encuentra bajo la órbita de control de la AMT quien se encarga de velar porque el transporte público de pasajeros se efectúe en condiciones legales, y que de permitirse a la parte demandada alterar la situación actual, los posibles pasajeros, podrían verse perjudicados, al desconocer la idoneidad de los conductores, condiciones de los vehículos y vigencias de los seguros, entre otras cosas.
    SENTENCIA
    6 de Noviembre de 2020
    JUZGADO CIVIL DE PERSONAS Y FAMILIA DE 1RA NOMINACION. SALTA, SALTA
    Magistrados: Tomás L. Méndez Curutchet
    Más Jurisprudencia Provincial...

    Leer Completo: ( si no visualiza el fallo, APRIETE la tecla F5 para refrescar la página) Click para Descargar el PDF

    Carátula: Autoridad Metropolitana de Transporte c/ Uber Technologies I.C. s/ Medidas Cautelares

    Fuente de Información





Invitame un café en cafecito.app

ÚLTIMAS sentencias

Buscar en el sitio:


    • Codigo Civil Velezano Anotado  
    • Mapear Código de Velez

Síguenos en ...