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- SENTENCIA
- 6 de Noviembre de 2020
- JUZGADO CIVIL DE PERSONAS Y FAMILIA DE 1RA NOMINACION. SALTA, SALTA
- Magistrados: Tomás L. Méndez Curutchet
Resulta procedente la medida cautelar solicitada por la Autoridad Metropolitana del Transporte (AMT) y ordenar que Uber Argentina y/o Uber Technologies Inc y/o Uber BV y/u otra empresa vinculada que preste servicios para las mencionadas, suspenda la aplicación móvil y/o su plataforma tecnológica para transporte de pasajeros, toda vez que la actividad que realiza se enmarca en el transporte de personas, que se encuentra bajo la órbita de control de la AMT quien se encarga de velar porque el transporte público de pasajeros se efectúe en condiciones legales, y que de permitirse a la parte demandada alterar la situación actual, los posibles pasajeros, podrían verse perjudicados, al desconocer la idoneidad de los conductores, condiciones de los vehículos y vigencias de los seguros, entre otras cosas.
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Carátula: Autoridad Metropolitana de Transporte c/ Uber Technologies I.C. s/ Medidas Cautelares
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