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- LEY 8.217
- SALTA, 29 de Octubre de 2020
- Boletín Oficial, 16 de Noviembre de 2020
- Vigente, de alcance general
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY
Artículo 1º.- Prorrogar, desde la fecha de promulgación de la presente y por el plazo de ciento ochenta (180) días, la declaración del estado de emergencia sociosanitaria en los departamentos General San Martín, Orán y Rivadavia, dispuesta por la Ley 8.185 y prorrogada por el Decreto Nº 443/2020 del Poder Ejecutivo Provincial.
Art. 2º.- Facúltase al Poder Ejecutivo a prorrogar por hasta ciento ochenta (180) días el plazo de vigencia de la presente.
Art. 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
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Fuente de Información

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