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- DECRETO 973/2020
- LA PLATA, 30 de Octubre de 2020
- Boletín Oficial, 3 de Noviembre de 2020
- Vigente, de alcance general
ARTÍCULO 1°. Modificar el artículo 16 del Anexo 1 del Decreto N° 531/19, reglamentario de la Ley N° 11.459, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"ARTÍCULO 16°. La Autoridad de Aplicación establecerá los procedimientos a los que refiere el artículo 8° de la presente reglamentación, para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 16° de la Ley N° 11.459, siempre que se trate de establecimientos de primera categoría."
ARTÍCULO 2° Sustituir el Anexo 2 del Decreto N° 531/19 por el Anexo 1 (IF-2020-18132869-GDEBA-DPEIAOPDS) que se aprueba por el presente decreto.
ARTÍCULO 3°. Sustituir el Anexo 3 del Decreto N° 531/19, por el Anexo 2 (IF-2020-22910687-GDEBA-DPEIAOPDS) que se aprueba por el presente decreto.
ARTÍCULO 4°. El presente decreto será refrendado por los/as Ministros/as Secretarios/as en los departamentos de Gobierno y de Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 5°. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.
ANEXO
ANEXO
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