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- LEY 2.133-P
- SAN JUAN, 22 de Octubre de 2020
- Boletín Oficial, 29 de Octubre de 2020
- Vigente, de alcance general
LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN SANCIONA CON FUERZA DE LEY:
ARTÍCULO 1°.- Se aprueba el Convenio Específico de Colaboración, celebrado entre el Gobierno de la Provincia de San Juan y la Unión Iberoamericana de Municipalistas (UIM), ratificado por Decreto N° 1208-MHF, del 16 de septiembre de 2020.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
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Fuente de Información

➥ No es discriminatoria la ley pampeana que exige título de carreras de cinco años para acceder al escalafón profesional
➥ No basta acreditar la prestación de servicios para que opere la presunción de existencia de relación laboral
➥ Condenaron a concejal que exigía dinero para gestionar contratos en favor de integrantes de su agrupación política
➥ Confirmaron las condenas de varios funcionarios por maniobras ilícitas llevadas a cabo en el municipio de Mercedes