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- LEY 10.296
- LA RIOJA, 24 de Septiembre de 2020
- Boletín Oficial, 3 de Noviembre de 2020
- Vigente, de alcance general
La Legislatura de la provincia sanciona con fuerza de Ley:
Artículo 1°.- Impleméntese la "Capacitación Obligatoria Continua e Integral" en problemáticas de Niños, Niñas y Adolescentes en todo el territorio de la Provincia de La Rioja, destinada a funcionarios y funcionarias integrantes de las tres funciones del Estado, agentes de la Administración Pública, referentes de organizaciones no gubernamentales y todas aquellas personas que mantienen contacto directo e indirecto con los mismos.
Artículo 2°.- El objetivo de la presente, es capacitar, actualizar y especializar de manera continua con la finalidad de garantizar acciones preventivas del maltrato infantil y violencia en sus distintas modalidades, a fin de lograr la detección temprana y tratamiento oportuno, como así también, promover el acceso pleno a sus derechos y/o restablecer los mismos.
Artículo 3°.- Determínese como Autoridad de Aplicación al Ministerio de Desarrollo, Igualdad e Integración Social, quien deberá conformar una comisión interinstitucional para el diseño y construcción de los contenidos del Plan Estratégico y la implementación adecuada en las diversas áreas de la Administración Pública y Organizaciones No Gubernamentales que correspondieren.
Artículo 4°.- Dispónese que en un plazo de sesenta (60) días, el Organismo de Aplicación, fijará oportunamente la reglamentación de la presente ley.
Artículo 5°.- Invítase a los Estados Municipales de la Provincia a adherir a través de Ordenanza Municipal a los términos de la presente ley.
Artículo 6°.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
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Fuente de Información

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