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- DECRETO 1.773/2020
- SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 de Octubre de 2020
- Boletín Oficial, 28 de Octubre de 2020
- Vigente, de alcance general
ARTÍCULO 1º.- Adhiérese la Provincia de Jujuy al Decreto Nacional de Necesidad y Urgencia Nº 814/2020.-
ARTÍCULO 2°.- Dispónese que los servicios esenciales y actividades exceptuadas hasta el día 8 de noviembre de 2020, serán los previstos por el Decreto Acuerdo Provincial Nº 1.390- G/2020, ratificando la facultad del Comité Operativo de Emergencia para clasificar zonas o departamentos o localidades por colores de acuerdo a la gravedad de la situación epidemiológica, flexibilizar o restringir medidas dispuestas y actividades habilitadas, y determinar protocolos de bioseguridad exigibles
ARTÍCULO 3°.- Dese a la Legislatura Provincial para su ratificación.-
ARTÍCULO 4°.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Pase al Boletín Oficial para publicación integral y a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Siga sucesivamente a los Ministerios de Hacienda y Finanzas, Desarrollo Económico y Producción, Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda, Desarrollo Humano, Educación, Salud, Trabajo y Empleo, Cultura y Turismo, Ambiente, y Seguridad. Cumplido, vuelva al Ministerio de Gobierno y Justicia para demás efectos. -
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