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- LEY 10.714
- CORDOBA, 7 de Octubre de 2020
- Boletín Oficial, 30 de Octubre de 2020
- Vigente, de alcance general
La Legislatura de la Provincia de Córdoba Sanciona con fuerza de Ley: 10714
Artículo 1º.- Modificase el radio municipal de la localidad de Elena, ubicada en el Departamento Río Cuarto de la Provincia de Córdoba, de conformidad a lo establecido por el artículo 4º de la Ley Nº 8102
Artículo 2º.- La extensión lineal -expresada en metros- de cada uno de los lados que conforman el Polígono del Radio Municipal de la localidad de Elena, como así también los valores de las coordenadas georreferenciadas de los cincuenta (50) vértices que delimitan dichos lados, se detallan en el plano confeccionado por la citada municipalidad y aprobado por la Dirección General de Catastro con fecha 13 de noviembre de 2018 que, en una foja, forma parte integrante de la presente Ley como Anexo I.
Artículo 3º.- El polígono que define el Radio Municipal de la localidad de Elena ocupa una superficie de cuatrocientos treinta y cinco hectáreas cuatro mil cuatrocientos dieciséis metros cuadrados (435 ha, 4.416,00 m2).
Artículo 4º.- Los puntos fijos amojonados son:
a) Mojón Nº 1, de coordenadas X=6395989,90 e Y=4369094,39, y b) Mojón Nº 2, de coordenadas X=6395978,87 e Y=4369065,98.
Artículo 5º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.
ANEXO
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Fuente de Información

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual