Disponen el aislamiento preventivo sanitario sobre un edificio entero


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    Corresponde decretar con carácter de medida cautelar y provisoria, de manera excepcional atendiendo a la situación de emergencia sanitaria, el aislamiento preventivo desde el dictado de la presente hasta el día 30 de marzo de 2020 inclusive sobre el edificio en el que habita, según lo informado por el comité de crisis, una persona con diagnóstico positivo de Coronavirus y tres ciudadanos que han estado en los últimos días en países considerados de riesgo epidemiológico por la O.M.S. toda vez que resulta pertinente la intervención aunque, conforme las características de los hechos narrados por el presentante, no surgen -prima facie- motivos suficientes que ameriten la utilización de facultades coercitivas, pues si bien se está ante una situación social excepcional, se hallan en plena vigencia las garantías constitucionales que velan por las libertades individuales y la inviolabilidad de la propiedad, con las limitaciones que son de público conocimiento dispuestas por el Poder Ejecutivo Nacional y Provincial.
    SENTENCIA
    21 de Marzo de 2020
    JUZGADO DE INSTRUCCION NRO 6. CORRIENTES, CORRIENTES
    Magistrados: Graciela E. Ferreyra
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    Carátula: Ministerio de Salud de Corrientes informa sup. infracción arts. 202 y 205 del C.P.A.

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