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- Resolución 4.843/2020
- AFIP
- Emitida el 28 de Octubre de 2020
- Boletín Oficial, 29 de Octubre de 2020
- Vigente, de alcance general
ARTÍCULO 1°. - Prorrogar hasta el 30 de noviembre de 2020, el plazo otorgado por el artículo 1º de la Resolución General Nº 4.728 y sus complementarias.
ARTÍCULO 2°.- Esta resolución general entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial, difúndase a través del Boletín de la Dirección General de Aduanas y archívese.
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