Decreto 836/20


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    DECRETO NACIONAL 836/2020
    BUENOS AIRES, 30 de Octubre de 2020
    Boletín Oficial, 31 de Octubre de 2020
    Vigente, de alcance general
    ferias internacionales, exenciones impositivas, COAS, emergencia pública, emergencia sanitaria, coronavirus, Cultura y educación, Derecho tributario y aduanero, Bienestar social, Salud públicaSe eximen de impuestos a la venta de los productos que se lleven a cabo en el marco de la "FERIA COAS ONLINE"

    ARTÍCULO 1°.- Autorízase, con carácter de excepción, la utilización y comercialización online de la mercadería remanente de la última edición de la "FERIA COAS DE LAS NACIONES", durante el transcurso de la "FERIA COAS ONLINE", que se desarrollará desde el 1° de noviembre hasta el 15 de diciembre de 2020.

    ARTÍCULO 2°.- Exímese del Impuesto al Valor Agregado y de los impuestos internos a la venta de los productos mencionados en el artículo precedente, que se lleve a cabo en el marco de la "FERIA COAS ONLINE", que se desarrollará desde el 1° de noviembre hasta el 15 de diciembre de 2020, ambas fechas inclusive.

    ARTÍCULO 3°.- Instrúyese a la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA, a que practique los controles pertinentes en el evento referenciado.

    ARTÍCULO 4°.- La presente medida comenzará a regir a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.

    ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

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