Ley 27567


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    LEY 27.567
    BUENOS AIRES, 7 de Octubre de 2020
    Boletín Oficial, 27 de Octubre de 2020
    Vigente, de alcance general
    movilización de tropas, Fuerzas Armadas, visita de fuerzas armadas extranjeras, personal militar extranjero, ingreso de extranjeros, Defensa y seguridad, Derecho internacional, Derecho administrativo

    El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

    Artículo 1º- Autorízase la entrada de tropas extranjeras al territorio nacional y la salida fuera de él de fuerzas nacionales, según corresponda, para participar en los ejercicios contemplados en el Programa de Ejercitaciones Combinadas a realizarse desde el 1º de septiembre de 2020 hasta el 31 de agosto de 2021. Los ejercicios combinados que componen el presente Programa Anual se detallan en los Anexos I: "ACRUX X", II: "ATLASUR", III: "FRATERNO", IV: "IBSAMAR", V: "INALAF", VI: "INTEGRACIÓN", VII: "PASSEX", VIII: "SAREX", IX: "UNITAS ANFIBIO", X: "UNITAS ATLÁNTICO", XI: "EXPONAVAL", XII: "VIEKAREN", XIII: "ARANDÚ", XIV: "TANQUE", XV: "RÍO", XVI: "ARPA" y XVII: "ÁRBOL", los cuales forman parte integrante de la presente ley.

    Art. 2º- Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

    ANEXO

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