Decreto 1761/20 de MISIONES


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    DECRETO 1.761/2020
    POSADAS, 16 de Octubre de 2020
    Boletín Oficial, 19 de Octubre de 2020
    Vigente, de alcance general
    coronavirus, Salud pública, Transporte, transporte terrestre, transporte aéreoSe establece que, para ingresar al territorio provincial, mediante la utilización de medios de transporte habilitados, terrestre de cualquier tipo, o aéreo de cabotaje comercial o de aviación general, toda persona deberá dar estricto cumplimiento de la normativa provincial, protocolos y procedimientos sanitarios vigentes.

    ARTÍCULO 1º.- ESTABLÉCESE que, para ingresar al territorio provincial, mediante la utilización de medios de transporte habilitados, terrestre de cualquier tipo, o aéreo de cabotaje comercial o de aviación general, toda persona deberá dar estricto cumplimiento de la normativa provincial, protocolos y procedimientos sanitarios vigentes o que se dicten al efecto.

    ARTÍCULO 2º.- INSTRÚYASE a los Ministros de Salud Pública y de Gobierno, de forma conjunta, al dictado de normas complementarias al presente y a elaborar y/o readecuar los protocolos y procedimientos sanitarios, para el ingreso de las personas al territorio provincial comprendidas en las circunstancias descriptas en el artículo anterior.

    ARTÍCULO 3º.- ENCOMIÉNDESE a las autoridades de aplicación el monitoreo, fiscalización y control del cumplimiento de lo establecido en el presente instrumento, facultándolos a suscribir los convenios necesarios y pertinentes con las autoridades nacionales que correspondan.

    ARTÍCULO 4º.- EL presente decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

    ARTÍCULO 5º.- EXCEPTÚASE de lo previsto en el artículo 3° del Decreto N° 636/1982, la publicación del presente instrumento en el Boletín Oficial, habilitándose el día de la fecha para su publicación.

    ARTÍCULO 6º.- REFRENDARÁN el presente Decreto los Señores Ministros Secretarios de Gobierno y de Salud Pública.

    ARTÍCULO 7º.- REGÍSTRESE, comuníquese, dese a publicidad. Tomen conocimiento todos los Ministerios y Secretarías de Estado, Organismos Descentralizados, Órganos de la Constitución, Poder Judicial y Poder Legislativo. Notifíquese a todas las Sociedades del Estado, Sociedades Anónimas con Participación Estatal Mayoritaria y Sociedades de Economía Mixta controladas por el Estado Provincial. Cumplido, ARCHÍVESE.-

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