Decreto 687/20 de CORDOBA


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    DECRETO 687/2020
    CORDOBA, 29 de Septiembre de 2020
    Boletín Oficial, 22 de Octubre de 2020
    Vigente, de alcance general
    Córdoba, servicios públicos, Derecho administrativoCreación del Programa de Becas "Promotores de los Servicios Públicos"

    Artículo 1°.- CRÉASE el Programa de Becas "PROMOTORES DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS", con vigencia a partir del 1º de octubre de 2020, el que tendrá por objeto el mantenimiento, saneamiento, control y cuidado en general de los espacios colindantes a todos los recursos hídricos de la Provincia de Córdoba, como así también la ejecución de acciones tendientes a la realización y fomento de planes y propuestas inherentes a la producción, transformación, transporte, distribución y comercialización de energía y demás recursos renovables, incluyendo cualquier otra actividad que concurra en el cumplimiento y realización del objetivo principal del Programa.

    Artículo 2º.- APRUÉBASE el Reglamento Operativo del Programa creado en el artículo precedente, que compuesto de cinco (5) fojas útiles, forma parte de este instrumento legal como Anexo I.

    Artículo 3º.- AUTORÍZASE la incorporación de los becarios nominados en el Anexo II, que de dos (2) fojas útiles, forma parte integrante de este acto, de conformidad a las modalidades y requisitos establecidos en el Reglamento Operativo.

    Artículo 4º.- DESÍGNASE como Autoridad de Aplicación del Programa en cuestión, al Ministerio de Servicios Públicos, o el organismo que en un futuro lo reemplace, y FACÚLTASE al mismo a dictar las normas complementarias, como así también a suscribir acuerdos, convenios y/o instrumentos que resulten necesarios para su efectiva implementación.

    Artículo 5º.- IMPÚTASE la erogación que importan las ayudas económicas del total del cupo asignado, para el ejercicio en curso -Año 2020-, por la suma de Pesos Cinco Millones Quinientos Cincuenta Mil ($ 5.550.000,00) a Jurisdicción 1.55, Programa 540-001, Partidas 6.06.05.00 "Ayudas Sociales a Personas" del Presupuesto Vigente; y la suma de Pesos Treinta y Ocho Millones Ochocientos Cincuenta Mil ($38.850.000,00) a Importe Futuro, Ejercicios Años 2021 y 2022; conforme lo indica el Documento Contable, Nota de Pedido N° 2020/000180; y AUTORÍZASE al servicio administrativo del Ministerio de Servicios Públicos a efectuar las imputaciones presupuestarias pertinentes en los ejercicios futuros, a los programas y partidas equivalentes al detallado, que los respectivos presupuestos autoricen, mientras se encuentre en vigencia el Programa en cuestión.

    Artículo 6º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Servicios Públicos y Fiscal de Estado y firmado por el señor Secretario General de la Gobernación.

    Artículo 7º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

    ANEXO

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