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- LEY 5.473
- VIEDMA, 13 de Octubre de 2020
- Boletín Oficial, 22 de Octubre de 2020
- Vigente, de alcance general
La Legislatura de la Provincia de Río Negro Sanciona con Fuerza de LEY
Artículo 1°.- Objeto. Se autoriza al Poder Ejecutivo para que a través del Ministerio de Producción y Agroindustria, forme parte como fundador de la "Fundación Ente Fitosanitario Aduanero del Comahue", a constituirse en los términos propuestos por la Comisión Redactora creada por Decreto del Poder Ejecutivo Municipal de Villa Regina n° 34/19, de fecha 28 de marzo de 2019 y de conformidad con las disposiciones del Capítulo 3, del Título II del Libro Primero del Código Civil y Comercial.
Artículo 2°.- Autorización para transferir inmueble. Se autoriza al Poder Ejecutivo a transferir en restitución a la Municipalidad de Villa Regina, el inmueble individualizado catastralmente como 06-1-D-003-01A, inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble al T° 694, F° 241, Finca 135.580, titularidad del entonces Ministerio de Agricultura, Ganadería y Minería, donde funcionará la "Fundación Ente Fitosanitario Aduanero del Comahue".
Artículo 3º.- Derogación Expresa. Se deroga la ley E n° 1414, modificada por la ley E n° 3100, ello a partir de la fecha de otorgamiento de la autorización para funcionar a la "Fundación Ente Fitosanitario Aduanero del Comahue" la que debe ser expedida por la autoridad pública competente en los términos del artículo 193 del Código Civil y Comercial.
Artículo 4°.- Impuestos Provinciales. Se exime del pago de impuestos y tasas retributivas de servicios provinciales a los trámites necesarios para el cumplimiento que demande la instrumentación de la presente ley.
Artículo 5°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese.
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