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- SENTENCIA
- 8 de Octubre de 2020
- CAMARA NAC. DE APELACIONES EN LO CIVIL COMERCIAL FEDERAL. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
- Sala 03
- Magistrados: Ricardo Gustavo Recondo - Eduardo Daniel Gottardi
Debe ser desestimado el recurso interpuesto por un psicólogo contra la sentencia que denegó la medida cautelar solicitada para que el buscador de internet Google bloquee las páginas que lo vinculan con la muerte de una ex participante de un reality show, cuya investigación concluyó que se produjo por suicidio, habida cuenta que en esta instancia preliminar del trámite no puede descartarse la existencia de cierto interés público comprometido en la difusión de la noticia comentada en las URLs individualizadas, y que la asociación del nombre del peticionario con el suceso encuentra respaldo en las actuaciones penales y la repercusión pública que tuvo el caso al involucrar personas con participación en programas televisivos. Cabe destacar que el carácter supuestamente falso e injuriante del contenido de las publicaciones no parece demostrado con el sólo sobreseimiento, porque a simple vista se correspondería con el objeto de la investigación judicial (la muerte dudosa de la víctima).
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Carátula: D. C., G. M. c/ Google Inc. s/ habeas data (art. 43 CN)
Fuente de Información

➥ Declararon prescripta la causa contra la provincia por la muerte del padre de la actora mientras estaba en la cárcel
➥ Aunque el agente que murió tras forcejear con un preso sufría de cardiopatía congénita la ART debe indemnizar
➥ Revocan el sobreseimiento por prescripción de quien habría cometido abuso sexual mientras desempeñaba un cargo público
➥ Condenaron al hombre que usando Telegram exigía dinero al damnificado para no hacer públicos sus encuentros sexuales