La Corte rechaza un planteo de nulidad por cosa juzgada írrita y la recusación de sus Ministros en un proceso sucesorio


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    Cuando las recusaciones introducidas por las partes son manifiestamente inadmisibles, deben ser desestimadas de plano.Fuente del sumario: OFICIAL
    SENTENCIA
    1 de Octubre de 2020
    CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
    Magistrados: Rosenkrantz - Highton de Nolasco - Maqueda - Lorenzetti - Rosatti
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    Carátula: Pugibet Fevrier, Jacqueline Marie Jeanne s/ sucesión testamentaria

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