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- SENTENCIA
- 16 de Septiembre de 2020
- CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
- Sala A
- Magistrados: Sebastián Picasso - Ricardo Li Rosi
Debe confirmarse la decisión que rechazó el pedido de la parte actora de notificar el traslado de la demanda por medio de carta documento, puesto que la posibilidad de notificar ese relevante acto procesal por carta documento, se encuentra expresamente vedada por el art. 136, inciso 3, párrafo 2 del CPPN, que solo releva la citación por cédula judicial cuando la diligencias es realizada por acta notarial. Asimismo cabe destacar que las acordadas y resoluciones que tuvieron por finalidad imponer la digitalización de las actuaciones judiciales a fin de facilitar y dar seguridad a la tramitación de las causas durante la pandemia, no autorizaron ni expresa ni implícitamente la modificación del procedimiento establecido para la notificación del traslado de la demanda; y si bien la Sala no desconoce la situación excepcional de emergencia, en virtud de la cual se han flexibilizado los requisitos formales a fin de garantizar a las personas el acceso a la justicia, la interpretación realizada en dichas decisiones no puede aplicarse al caso.
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Carátula: Aseguradora Federal Argentina S.A. c/ Coronel Pérez, Ruth del Carmen y otros s/ interrupción de prescripción
Fuente de Información

➥ Declararon prescripta la causa contra la provincia por la muerte del padre de la actora mientras estaba en la cárcel
➥ Aunque el agente que murió tras forcejear con un preso sufría de cardiopatía congénita la ART debe indemnizar
➥ Revocan el sobreseimiento por prescripción de quien habría cometido abuso sexual mientras desempeñaba un cargo público
➥ Condenaron al hombre que usando Telegram exigía dinero al damnificado para no hacer públicos sus encuentros sexuales