Resolución 4818/20 - Administración Federal de Ingresos Públicos


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    Resolución 4.818/2020
    AFIP
    Emitida el 21 de Septiembre de 2020
    Boletín Oficial, 22 de Septiembre de 2020
    Vigente, de alcance general
    obligación impositiva, obligaciones previsionales, Seguridad social, tributos aduaneros, feria administrativa, Derecho tributario y aduanero, Derecho administrativo

    ARTÍCULO 1°.- Fijar entre los días 21 de septiembre y 11 de octubre de 2020, ambos inclusive, un nuevo período de feria fiscal extraordinario con el alcance de las previsiones de la Resolución General N° 1.983, sus modificatorias y complementarias.

    ARTÍCULO 2°.- Exceptuar de lo dispuesto en la presente a los procedimientos de fiscalización mencionados en el artículo 2° de la Resolución General N° 4.703 y sus complementarias, y a los procedimientos de fiscalización, sumariales y de determinación de oficio, previstos en el artículo 3° de la Resolución General N° 4.794

    ARTÍCULO 3°.- Habilitar la feria fiscal extraordinaria a que se refiere el artículo 1°, para los procedimientos de fiscalización electrónica realizados en el marco de lo dispuesto por la Resolución General N° 3.416, a partir del día siguiente al de la publicación de la presente en el Boletín Oficial.

    ARTÍCULO 4°.- Las disposiciones de esta resolución general entrarán en vigencia desde la fecha de su dictado.

    ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial y archívese.

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