Consideran que las várices que padece una cajera de supermercado constituyen una enfermedad profesional


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    Debe admitirse la demanda civil por enfermedad accidente entablada por una trabajadora que se desempeña como cajera en un supermercado que padece de várices y daños en las rodillas, dado que las tareas que efectuaba la actora conllevaron los esfuerzos físicos denunciados, como la permanencia de pie durante varias horas y con escasa deambulación. En consecuencia, la patología de la trabajadora es de carácter profesional pues se encuentra relacionada causalmente con las actividades de esfuerzo realizadas por casi más de catorce años, sin que conste en la causa documentación alguna que indique preexistencia, y las condiciones de trabajo presentaron notas que autorizan su encuadramiento en el art. 1113 del Código Civil, entonces vigente, actualmente receptado en el art. 1757 del CCCN
    SENTENCIA
    14 de Julio de 2020
    CAMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
    Sala 06
    Magistrados: Graciela Lucía Craig - Luis Aníbal Raffaghelli
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    Carátula: Quiroga, Sandra Luisa c/ Inc S.A. y otro s/ accidente – ley especial

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