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- LEY IV-89
- POSADAS, 13 de Agosto de 2020
- Boletín Oficial, 31 de Agosto de 2020
- Vigente, de alcance general
LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE LA PROVINCIA DE MISIONES SANCIONA CON FUERZA DE L E Y :
ARTÍCULO 1.- Sustitúyese el Artículo 1 de la Ley IV - N.° 68, el queda redactado de la siguiente manera:
"ARTÍCULO 1.- Adhiérese la Provincia a la Ley Nacional N.° 26.485, Ley de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales, y a sus modificatorias Ley Nacional N.° 27.501 y Ley Nacional N.° 27.533, que como Anexos I, II y III respectivamente forman parte integrante de la presente Ley".
ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
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