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- SENTENCIA
- 3 de Septiembre de 2020
- CAMARA NAC. APELAC. EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
- Sala 04
- Magistrados: Marcelo Daniel Duffy - Jorge Eduardo Morán - Rogelio W. Vicenti
Corresponde declarar inoficioso un pronunciamiento del tribunal respecto del recurso de apelación deducido contra la resolución que rechazó in limine una acción de amparo con el objeto de que se declare la ilegitimidad e inconstitucionalidad de la omisión de convocar a sesiones ordinarias, en forma presencial, en la Honorable Cámara de Diputados de la Nación por parte de su presidente, dado que el "Protocolo de Funcionamiento Parlamentario Remoto" para la realización de sesiones virtuales en la mencionado cuerpo legislativo, aprobado el 13/5/2020, no se encuentra vigente en la actualidad, por no haber ocurrido la condición necesaria y obligatoria para ello, de acuerdo a lo que estableció de manera expresa el legislador en su propio texto. En consecuencia, toda vez que este extremo no ha sido cumplido desde el vencimiento de sus primeros 30 días de vigencia, procede concluir que el aludido protocolo ha perdido vigencia, condición que cabe extender al recurso en cuestión.
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Carátula: Frade, Mónica Edith s/ amparo
Fuente de Información

➥ Declararon prescripta la causa contra la provincia por la muerte del padre de la actora mientras estaba en la cárcel
➥ Aunque el agente que murió tras forcejear con un preso sufría de cardiopatía congénita la ART debe indemnizar
➥ Revocan el sobreseimiento por prescripción de quien habría cometido abuso sexual mientras desempeñaba un cargo público
➥ Condenaron al hombre que usando Telegram exigía dinero al damnificado para no hacer públicos sus encuentros sexuales