Resolución 4807/20 - Administración Federal de Ingresos Públicos


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    Resolución 4.807/2020
    AFIP
    Emitida el 31 de Agosto de 2020
    Boletín Oficial, 2 de Septiembre de 2020
    Vigente, de alcance general
    Derecho tributario y aduanero, obligaciones previsionales, tributos aduaneros, feria administrativa, obligación impositiva, Seguridad social, Derecho administrativo

    ARTÍCULO 1°.- Fijar entre los días 31 de agosto y 20 de septiembre de 2020, ambos inclusive, un nuevo período de feria fiscal extraordinario con el alcance de las previsiones de la Resolución General N° 1.983, sus modificatorias y complementarias.

    ARTÍCULO 2°.- Exceptuar de lo dispuesto en la presente a los procedimientos de fiscalización mencionados en el artículo 2° de la Resolución General N° 4.703 y sus complementarias, y a los procedimientos de fiscalización, sumariales y de determinación de oficio, previstos en el artículo 3° de la Resolución General N° 4.794.

    ARTÍCULO 3°.- Las disposiciones de esta resolución general entrarán en vigencia desde la fecha de su dictado.

    ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial y archívese.

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