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- DECRETO 37/2020
- SAN JUAN, 3 de Julio de 2020
- Boletín Oficial, 19 de Agosto de 2020
- Vigente, de alcance general
ARTÍCULO 1º.- Dispónese con carácter excepcional, una Ayuda extraordinaria de carácter económico por un monto de PESOS DIEZ MIL ($10.000,00) por persona, a quienes están incluidos en el Régimen Legal de "Contratos Administrativos de Servicios de Colaboración" - Ley Nº 793-A, en el ámbito del Ministerio de Salud Pública y de la Secretaría de Estado de Seguridad y Orden Público.
La suma consignada precedentemente se abonará de la siguiente manera:
-En Julio 2020 la suma de PESOS CINCO MIL ($ 5.000,00) -En Agosto 2020 la suma de PESOS CINCO MIL ($ 5.000,00)
ARTÍCULO 2º.- Es requisito para acceder a la Ayuda Extraordinaria dispuesta en el artículo 1° del presente Decreto Acuerdo, tener contrato vigente al 31/05/2020 y al 30/06/2020, respectivamente.
ARTÍCULO 3º.- Los contratados que han sido beneficiarios de la asignación establecida por el Decreto Nacional 315/2020, no tienen derecho al cobro de la Ayuda dispuesta por la presente disposición legal.
ARTÍCULO 4º.- Autorícese a las Contadurías respectivas a liquidar lo establecido en el presente Decreto Acuerdo, utilizando los créditos del presupuesto en vigencia.
ARTICULO 5º.- Comuníquese y dése al Boletín Oficial para su publicación.
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