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- DECRETO 533/2020
- SALTA, 18 de Agosto de 2020
- Boletín Oficial, 19 de Agosto de 2020
- Vigente, de alcance general
ARTÍCULO 1º.- Apruébase la reglamentación de la Ley Nº 8.195 de Emergencia del Sector Turístico en la Provincia de Salta, la que como Anexo forma parte integrante del presente
ARTÍCULO 2º.- Desígnase como Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 8.195 al Ministerio de Turismo y Deportes y al Ministerio de Economía y Servicios Públicos.
ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Economía y Servicios Públicos, por el señor Ministro de Turismo y Deportes, y por el señor Secretario General de la Gobernación.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
ANEXO
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