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- Resolución 4.664/2020
- AFIP
- Emitida el 14 de Enero de 2020
- Boletín Oficial, 15 de Enero de 2020
- Vigente, de alcance general
ARTÍCULO 1°.- Aclárese que las adquisiciones de servicios de transporte contempladas en el inciso e) del artículo 35, de la Ley N° 27.541, cuyo destino sea las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur, no se encuentran alcanzadas por la percepción establecida en la mencionada ley.
ARTÍCULO 2°.- Las disposiciones de esta resolución general entrarán en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial y resultarán de aplicación para las operaciones efectuadas a partir de la entrada en vigencia de la Ley N° 27.541.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
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