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- Resol. P.J. Provincial
- Nro.: 816
- Buenos Aires
- SUPREMA CORTE DE JUSTICIA
- Emitida el 13 de Agosto de 2020
Establece que los órganos judiciales de los fueros Civil y Comercial, Laboral, Familia, Contencioso Administrativo y de Paz, como así también de los fueros Penal y de Responsabilidad Penal Juvenil, podrán celebrar cualquier clase de audiencias de modo total o parcialmente remoto. Además, aprueba la Guía de actuación para el desarrollo de audiencias total o parcialmente remotas.
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