La ley que prohíbe la sindicalización del personal del Servicio Penitenciario de Córdoba es constitucional


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    El recurso extraordinario es formalmente procedente toda vez que se ha puesto en cuestión la validez de una ley provincial bajo la pretensión de que es contraria a la normativa federal -libertad sindical- y el a quo ha declarado la validez de dicha ley (art. 14, inc. 2°, de la ley 48).Fuente del sumario: OFICIAL
    SENTENCIA
    13 de Agosto de 2020
    CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
    Magistrados: Highton de Nolasco - Maqueda - Lorenzetti - Rosatti (en disidencia)
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    Carátula: Recurso de hecho deducido por la actora en la causa Rearte, Adriana Sandra y otro c/ Superior Gobierno de la Provincia de Córdoba s/ amparo - recurso de apelación

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