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- LEY VIII-1.178
- SAN LUIS, 18 de Noviembre de 2025
- Boletín Oficial, 3 de Diciembre de 2025
- Vigente, de alcance general
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY
ARTÍCULO 1°.- AUTORIZAR al Banco de La Pampa SA, a radicarse en la provincia de San Luis, en acuerdo con el ARTÍCULO 144 Inciso 14) de la Constitución Provincial
ARTÍCULO 2°.- Dicha Institución Bancaria enmarcara su actividad en el Régimen Bancario Argentina vigente.
ARTÍCULO 3º.- Regístrese, comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese.
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Fuente de Información

➥ No es discriminatoria la ley pampeana que exige título de carreras de cinco años para acceder al escalafón profesional
➥ No basta acreditar la prestación de servicios para que opere la presunción de existencia de relación laboral
➥ Condenaron a concejal que exigía dinero para gestionar contratos en favor de integrantes de su agrupación política
➥ Confirmaron las condenas de varios funcionarios por maniobras ilícitas llevadas a cabo en el municipio de Mercedes