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- Acordada /20
- CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL
- CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
- Emitida el 23 de Julio de 2020
Encomienda a los Juzgados Nacionales en lo Criminal y Correccional, los Juzgados Nacionales de Menores y al Juzgado Nacional de Rogatorias para que continúen prestando su actividad habitual mediante la utilización y empleo prioritario de herramientas digitales y trabajo remoto, tanto por parte de magistrados como de funcionarios y empleados. Refiere que la realización de actos procesales presenciales y la concurrencia del personal será restringida a situaciones que resulten estrictamente indispensables. Asimismo, requiere a las dependencias del fuero la adopción de las medidas adecuadas para asegurar que la atención de profesionales y público en general sea canalizada, durante el horario habitual de atención al público, por medio de correos electrónicos oficiales y vías telefónicas, a efectos de evitar toda concurrencia que no responda a una actividad previamente programada.
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