Declararon la expropiación de una fracción de terreno en Lavalle


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    LEY 9.670
    MENDOZA, 14 de Octubre de 2025
    Boletín Oficial, 5 de Noviembre de 2025
    Vigente, de alcance general
    Declaración de utilidad pública, expropiación, terrenosdeclaración de utilidad pública, expropiación, terrenos, Derecho administrativo, Derecho civil

    La Legislatura de la provincia sanciona con fuerza de Ley:

    Artículo 1°- Declárase de utilidad pública y sujeta a expropiación, una fracción de terreno para destinar exclusivamente, por sí o en asocio con terceros, a la apertura de calles públicas y espacio para obras de infraestructura de servicios públicos, regularización dominial de las familias que viven en el terreno y brindar soluciones habitacionales, localizada en Ruta Provincial 34 al Número 4355, Barrio El Palmeral, Distrito Villa Tulumaya, Departamento de Lavalle, constante de una superficie según Título y Mensura de siete hectáreas novecientos noventa y siete metros con treinta y seis decímetros cuadrados (7 ha. 997,36 m2), identificada como fracción 23 del plano de mensura Nº 13-15527, padrón de rentas N° 13-15627-8, padrón municipal N° 12212, nomenclatura catastral N° 13-99-00-1100-426361-0000-5, Dominio inscripto en el Registro de la Propiedad Raíz Matrícula Nº 1300516874, Asiento A-1 Lavalle.

    Art. 2º- La Municipalidad de Lavalle actuará como sujeto expropiante del inmueble individualizado en el Artículo 1° de la presente, de conformidad con las normas establecidas en el Decreto-Ley N° 1.447/75 y atenderá los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley.

    Art. 3°- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

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