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- Acordada /20
- CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL
- CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
- Emitida el 26 de Julio de 2020
Establece que, en atención a que los elementos de seguridad, prevención e higiene no han podido ser distribuidos y el Protocolo de Funcionamiento se encuentra en elaboración, la tramitación de las causas en el fuero comercial se regirá por el régimen de presentaciones remotas, sin atención al público hasta el 3 de agosto del corriente. Asimismo agrega que si, durante dicho lapso, fuera de extrema necesidad la asistencia personal, se deberá solicitar turno a los mails institucionales de las salas o juzgados.
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