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- LEY 15.543
- LA PLATA, 2 de Octubre de 2025
- Boletín Oficial, 30 de Octubre de 2025
- Vigente, de alcance general
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires sancionan con fuerza de Ley
Art 1º : Los recibos de sueldo emitidos por la Administración Pública Provincial y los Organismos Descentralizados de la provincia de Buenos Aires, deberán incluir un zócalo claramente visible y de fácil identificación con el número telefónico 144 sobre contención y asesoramiento a las víctimas de violencia de género, con una leyenda descriptiva del uso de la misma.
ARTÍCULO 2°: El Ministerio de Mujeres y Diversidad de la Provincia de Buenos Aires, deberá determinar la leyenda comunicativa que acompañe a la publicación del número telefónico 144.
ARTÍCULO 3°: Invítase a los Municipios y a las Empresas Privadas de la provincia de Buenos Aires a adherir a los términos de la presente Ley.
ARTÍCULO 4°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
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Fuente de Información

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➥ Aunque el agente que murió tras forcejear con un preso sufría de cardiopatía congénita la ART debe indemnizar
➥ Revocan el sobreseimiento por prescripción de quien habría cometido abuso sexual mientras desempeñaba un cargo público
➥ Condenaron al hombre que usando Telegram exigía dinero al damnificado para no hacer públicos sus encuentros sexuales