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- SENTENCIA
- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION
- CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
- 28 de Octubre de 2025
La Corte Suprema revocó el fallo que responsabilizó al Estado Nacional por supuestos daños y perjuicios por cambios regulatorios vinculados al servicio de televisión directa al hogar codificado por satélite. Señalaron que las modificaciones introducidas tienen su origen en el cumplimiento del art. 42 de la Constitución Nacional respecto a los derechos de los consumidores y a la defensa de la competencia, y que las mismas no podían ser ignoradas por la empresa actora, respecto de la cual cabe inferir un adecuado conocimiento de las reglas en las que se desarrolla su negocio, al tratarse de actividades vinculadas con la administración del espectro radioeléctrico, las telecomunicaciones y la radiodifusión, que cuentan con una acentuada regulación estatal. En tal sentido, añadieron que los cambios regulatorios no podrían calificarse de imprevistos o sorpresivos, en tanto la posibilidad de que ingresaran nuevos operadores de sistemas satelitales no argentinos por medio de la celebración de convenios de reciprocidad con otros países era conocida desde que fue dictado el Decreto 1095/93.
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Carátula: Recursos de hecho deducidos por el Estado Nacional - Ministerio de Modernización y por el Ente Nacional de Comunicaciones en la causa DTH SA c/ E.N. - Secretaría de Comunicaciones y otro s/ daños y perjuicios
Fuente de Información

➥ Declararon prescripta la causa contra la provincia por la muerte del padre de la actora mientras estaba en la cárcel
➥ Aunque el agente que murió tras forcejear con un preso sufría de cardiopatía congénita la ART debe indemnizar
➥ Revocan el sobreseimiento por prescripción de quien habría cometido abuso sexual mientras desempeñaba un cargo público
➥ Condenaron al hombre que usando Telegram exigía dinero al damnificado para no hacer públicos sus encuentros sexuales