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- SENTENCIA
- CAMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO
- CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
- 30 de Septiembre de 2025
Admitieron la demanda por despido discriminatorio, de un trabajador que ante la presentación de una segunda licencia psiquiátrica por trastornos depresivos, fue despedido por la empleadora, que invocó genéricamente la falta de presentación de certificados médicos originales. Argumentaron que se pudo comprobar que los certificados médicos eran auténticos, que la empresa los había recibido, pagando salarios durante más de seis meses, resultando la causal invocada manifiestamente infundada. Agregaron que el despido configuró una represalia vinculada con el estado de salud del trabajador, y por ello resultó un acto discriminatorio prohibido por la Ley 23592, ya que se produjo en forma inmediata al intento del actor de hacer uso de su segunda licencia médica.
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Carátula: Oliva, Horacio Daniel c/ Clínica Flores S.A. s/ despido
Fuente de Información

➥ No es discriminatoria la ley pampeana que exige título de carreras de cinco años para acceder al escalafón profesional
➥ No basta acreditar la prestación de servicios para que opere la presunción de existencia de relación laboral
➥ Condenaron a concejal que exigía dinero para gestionar contratos en favor de integrantes de su agrupación política
➥ Confirmaron las condenas de varios funcionarios por maniobras ilícitas llevadas a cabo en el municipio de Mercedes