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- SENTENCIA
- CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL
- CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
- 16 de Octubre de 2025
Revocaron la decisión que había rechazado la acción ejecutiva al considerar que la fianza base del reclamo no podía servir de título porque estaba firmada electrónicamente y en forma digital o manuscrita. Precisaron que, más allá del avance que se viene desarrollando en el ámbito del Derecho Privado, no sucede lo mismo dentro del ámbito procesal, que queda a veces desenfocado para la resolución de ciertos conflictos actuales. Enfatizaron que el reconocimiento de la plena eficacia jurídica de los títulos ejecutivos electrónicos es una derivación natural de los cambios que viene atravesando la legislación argentina para adoptar nuevos hábitos sociales que ya son parte de la sociedad moderna.
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Carátula: Garantizar S.G.R. c/ García, Ana Inés s/ ejecutivo
Fuente de Información

➥ No es discriminatoria la ley pampeana que exige título de carreras de cinco años para acceder al escalafón profesional
➥ No basta acreditar la prestación de servicios para que opere la presunción de existencia de relación laboral
➥ Condenaron a concejal que exigía dinero para gestionar contratos en favor de integrantes de su agrupación política
➥ Confirmaron las condenas de varios funcionarios por maniobras ilícitas llevadas a cabo en el municipio de Mercedes